Pasar al contenido principal

Beneficios fiscales por donaciones

Beneficios fiscales por donaciones

El Institut Català de la Salut, del cual forma parte el Hospital Universitario de Girona Doctor Josep Trueta, es una entidad beneficiaria del mecenazgo a efectos de la Ley 49/2002, de Régimen Fiscal de las Entidades sin Fines Lucrativos y de los Incentivos Fiscales al Mecenazgo.

Por lo tanto, las donaciones realizadas en beneficio de este Hospital dan derecho a aplicar las siguientes deducciones, vigentes desde el 1 de enero de 2024:

Personas físicas (IRPF)

  • Hasta 250 €: deducción del 80% del importe donado.
  • Más de 250 €: deducción del 80% sobre los primeros 250 €, y del 40% sobre el resto.
  • Donaciones plurianuales superiores a 250 € a la misma entidad durante al menos 3 años consecutivos, siempre que el importe anual sea igual o superior al de los años anteriores: deducción del 80% sobre los primeros 250 € y del 45% sobre el resto.

Personas jurídicas (IS)

  • Deducción del 40% del importe donado.
  • Donaciones plurianuales a la misma entidad durante al menos 3 años y cada año el importe sea igual o superior a los anteriores: deducción del 50% del importe donado.